Legados y herencias
Las personas que deciden hacer un legado pueden optar por establecer una cantidad económica fija, un porcentaje de su herencia o incluso un bien concreto. Sea una fórmula u otra, estas ayudas resultan de «gran ayuda» para la entidad por cuanto nos permite tener contabilizadas una serie de donaciones de cara al futuro y de esta forma hacer una mejor previsión en nuestras actuaciones.
En cuando a las obligaciones tributarias, debe saber que Acción Familiar no está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, debiendo tributar los incrementos de patrimonio recibidos por esta vía en el impuesto de Sociedades, del que también está exenta.
Dejar parte de la herencia a Acción Familiar puede ser otra manera de colaborar. El procedimiento es muy simple. Basta que la persona que quiere dejarnos parte de su herencia acuda al notario y deje constancia de su deseo, para que, cuando llegue el momento, la organización pueda recibir una ayuda destinada a continuar su actividad.




